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Regularización de retenciones completa

Regularización de retenciones completa

Regularización: cuando hacienda realiza una comprobación sobre las retenciones practicadas y detecta que se ha retenido de menos, es habitual que se limite a exigir el importe que se ha dejado de ingresar más los intereses y sanciones, pero que no tenga en cuenta qué hizo el perceptor de las rentas (trabajador por ejemplo) con las retenciones soportadas.

Pues bien, el Tribunal Supremo ha establecido que la regularización debe ser completa [TS 17-04-2017]:

  • Hacienda debe adoptar una actitud activa y también debe comprobar las retenciones que el perceptor de las rentas se haya deducido efectivamente.
  • Y en caso de que éste haya tributado por todo el rendimiento y sólo se haya deducido las retenciones soportadas, no puede exigir a la empresa que las satisfaga.

Sólo sanciones e intereses: Así pues, Hacienda puede exigir los intereses y las sanciones que sean pertinentes por no haber ingresado las retenciones, pero no una cuota que, si fuese recaudada, supondría una doble imposición y un enriquecimiento injusto a favor del Tesoro Público.

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